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Los socialistas consideran "un varapalo judicial" la sentencia que declara nulo el nombramiento del Secretario General y el Ayuntamiento anuncia que la recurrirá

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Luis Alfonso Manero es el secretario municipal.
Redacción BurgosNoticias 
17/01/2018 - 12:35h.

El concejal del grupo municipal socialista, Antonio Fernández Santos ha calificado como "varapalo judicial", la sentencia dictada por el Juzgado número 2 de lo Contencioso-Administrativo de Burgos que declara nulo por falta de motivación el nombramiento del Secretario General del Ayuntamiento, Luis Alfonso Manero.

En esta línea, Fernández Santos ha recordado que el alcalde en noviembre de 2015 nombró "a dedo" a este cargo que es de libre designación, y también la Justicia lo declaró nulo, aunque posteriormente el alcalde emitió un decreto para presentar un recurso de apelación. El edil socialista sostiene que de nuevo la justicia vuelve a declarar este nombramiento nulo de pleno derecho.

Fernández Santos ha recordado que tras esta nueva sentencia, el Ayuntamiento carece ahora mismo de Secretario General y ha acusado a Luis Alfonso Manero de estar nombrado a dedo por el alcalde para que entre otras cuestiones, realice informes favorables a Lacalle.

El concejal socialista ha indicado que ante esta sentencia se puede presentar recurso de apelación, y ha vaticinado que el alcalde tendrá otra vez que motivar esta designación.

El Ayuntamiento recurrirá la sentencia

El Ayuntamiento de Burgos ha emitido un comunicado en el que anuncia que recurrirá la sentencia que declara nulo el nombramiento del Secretario General del Consistorio, Luis Alfonso Manero.

En este comunicado asegura que, "la sentencia da la razón al Ayuntamiento desestimando la mayoría de las pretensiones de los recurrentes, estableciendo que para realizar el nombramiento no hace falta comparar los méritos de cada candidato, no es necesario que se realice un informe por parte de un funcionario ni tampoco la realización del mismo por parte de un comité técnico. Finalmente descarta también la idea de que haya arbitrariedad o desviación de poder".

A continuación señala "únicamente la sentencia estima parcialmente la demanda por considerar que la resolución no está debidamente motivada en relación con las especialidades que tiene ser Secretario General del Pleno en el régimen de gran ciudad y de cualquier otro Ayuntamiento".

Continua diciendo que "el procedimiento de libre designación realizado para nombrar a los seis cuerpos nacionales del Ayuntamiento de Burgos es el mismo que se sigue en todas las capitales de provincia de España donde los alcaldes deciden por el sistema de libre designación".

Además manifiesta que, "el Alcalde ha nombrado exactamente por el mismo procedimiento de libre designación al Sr. Vicesecretario, recurrente en este proceso. al Sr. Interventor General. Sr. Viceinterventor, a la Sra. Tesorera y a la Sra. Vicetesorera".

Finalmente indica que "a partir de la estimación parcial de algunos aspectos y la desestimación de otros del recurso, se procederá a recurrir esta sentencia para que sea la Sala del Tribunal Superior de Justicia quien dictamine al respecto, como ya hizo hace escasos años en Diputación Provincial respecto del nuevo interventor de la misma".

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