Los domingos y días festivos de apertura autorizada serán fijados anualmente mediante Orden de la Consejería competente en materia de comercio en un número no inferior a diez, de acuerdo con el procedimiento y criterios marcados en ese artículo
Se establece igualmente que en la elaboración del calendario se atenderá de forma prioritaria al atractivo comercial de esos días para los consumidores de acuerdo con los siguientes criterios:
Los establecimientos comerciales ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León podrán abrir al público, con carácter general y durante el año 2023, los siguientes domingos y días festivos:
• 2 de enero
• 8 de enero
• 6 de abril
• 30 de abril
• 25 de junio
• 2 de julio
• 3 de diciembre
• 17 de diciembre
• 24 de diciembre
• 31 de diciembre