Si alguna vez pidiendo agua del grifo en un restaurante o bar te lo han negado, o incluso cobrado, la Ley te ampara como cliente. En Castilla y León existe el Decreto 12/2016 que establece en el artículo 28k que los establecimientos de hostelería están obligados a servir agua no envasada si el cliente lo solicita, y hacerlo de manera gratuita.
Así lo ha asegurado el técnico Carlos Castiñeiras, que en el programa En Corto y Por Derecho de Radio Arlanzón, ha aclarado qué se considera agua envasada.
Se define en el artículo 4.1 del Real Decreto 1799 del año 2010, deben estar herméticamente cerrados y etiquetados. Por esto, el agua filtrada no puede ser legalmente considerada envasada, y por ende, no se puede cobrar.
De igual modo, el Decreto 12/2016 señala que tampoco se puede cobrar por el uso del aseo. Si bien, Castiñeiras incide en que la Ley habla en todo momento de clientes. Por tanto esa costumbre que ciertos establecimientos tienen de negar agua o cobrarlo, no es legal en ninguna provincia de Castilla y León.
En caso de que el hostelero se niegue, se podría poner una reclamación.
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