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Campaña de la Renta 2020: Todas las fechas claves

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Foto: eldiario.es

La campaña de Renta ya está aquí y este año serán muchos más los contribuyentes obligados a presentar la declaración. La OCU cuenta todos los aspectos prácticos de la campaña Renta correspondiente al ejercicio 2020.

Z24H
04/04/2021 - 12:36h.

Ya está aquí la campaña de Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2020, un año condicionado por el coronavirus. Este año serán muchos más los contribuyentes obligados a presentar la declaración, afectados por ERTE, beneficiarios de ayudas...

Durante 2020 muchas empresas se acogieron a ERTEs. A consecuencia de ello, muchos trabajadores han cobrado el salario pagado por sus empresas y la prestación de la Seguridad Social derivada del ERTE, lo que implica haber tenido dos pagadores. Según la normativa, no están obligados a declarar los contribuyentes cuyos ingresos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros, siempre que cumplan el resto de requisitos para no declarar. Sin embargo, el límite se reduce a 14.000 euros si los ingresos del trabajo proceden de más de un pagador, siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores superen los 1.500 euros. Por eso muchos trabajadores que normalmente no presentaban declaración este año, acogidos a ERTE, sí que tendrán que hacerlo.

Además, este año también tendrán que presentar la declaración los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, tanto el titular como todas las personas integrantes de la unidad de convivencia (menores o no) con independencia de que el importe percibido esté o no exento, ya que la obligación de declarar es un requisito necesario para su cobro.

Lo primero de todo: obtén tu número de referencia

Si formas parte del numeroso grupo de contribuyentes que no usa certificado digital ni Cl@vePIN, debes solicitar el número de referencia, con el que puedes identificarte en la web de la Agencia Tributaria.

Puedes solicitarlo a través de la web, para lo que será necesario señalar el importe de la casilla 505 de la pasada declaración Renta 2019, el número del DNI y su fecha de validez o expedición. Si no hiciste esa declaración o el resultado de la casilla 505 hubiera sido igual a cero, necesitarás el número IBAN de una cuenta bancaria en la que figures como titular.

También podrás hacerlo a través de la app de la Agencia Tributaria. En este caso, si dispones de la referencia de la campaña anterior, solo necesitarás el número del DNI y su fecha de validez o de expedición. Si no la tienes, necesitarás los mismos datos que para la solicitud a través de la web.

Las fechas clave de la Renta 2020

A partir del 24 de marzo ya puedes consultar los datos fiscales que Hacienda posee sobre ti, tanto a través de la web como de la App de la Agencia Tributaria.

Del 7 de abril al 30 de junio puedes modificar y presentar tu declaración por vía electrónica, tanto a través de Renta WEB o de la APP.

Desde el 4 de mayo puedes solicitar cita previa para la confección de la declaración por vía telefónica.

A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria inicia las llamadas a los que solicitaron cita para modificar y presentar la declaración por vía telefónica.

A partir del 27 de mayo comienza la solicitud de cita previa para atención presencial en las oficinas y hacer la declaración.

El 2 de junio comienza el plazo para la modificación y presentación de declaraciones de manera presencial a las personas que solicitaron cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras.

El 25 de junio finaliza el plazo de presentación si te toca pagar y deseas domiciliar el pago.

El 29 de junio acaba el plazo para poder concertar cita previa tanto para prestar la declaración vía telefónica como en las oficias de la Agencia Tributaria

El 30 de junio es el último día del plazo para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio.

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