La Organización de Consumidores y Usuarios considera que los niños son asediados diariamente con todo tipo de anuncios publicitarios. Es fácil captar su atención, basta con poner colores llamativos. La publicidad infantil no está regulada, solo autocontrolada, por eso OCU exige una normativa que impida la publicidad infantil de productos con perfiles nutricionales inadecuados.
¡Mamá quiero que me compres eso que sale en la tele! Y eso resultan ser unas galletas con el dibujo del protagonista de sus dibujos preferidos con altas dosis de grasas saturadas y el máximo de azúcar que la Organización Mundial de la Salud recomienda para una dieta sana.
Los niños no tienen el juicio necesario para saber lo que les conviene, solo lo que les gusta, y eso la industria lo sabe. Captan su atención con recursos como premios, regalos y personajes que conocen. Según la OCU, su objetivo son los niños y adolescentes, un público especialmente vulnerable y sin un criterio formado para responder racionalmente a determinados estímulos, solo por eso la publicidad infantil debería regirse por unas regulaciones estrictas. Pero no las hay, pese a las recomendaciones de instituciones como la OMS.
Los anuncios se pueden ver en diversos soportes, en televisión, internet (ya supone un tercio del presupuesto destinado a la publicidad), RRSS, advergames (juegos vinculados con una marca, se suelen ver en la página web), aplicaciones móviles y patrocinadores de eventos deportivos.
En nuestro país solo existen dos códigos de autorregulación creados por la propia industria:
El Código PAOS o Publicidad, Actividad, Obesidad y Salud, es un sistema de autorregulación que afecta a la publicidad de alimentos y bebidas dirigidos a niños menores de 12 años y de 15 si la publicidad viene de internet. Les aseguran que "con la aplicación de este código se ha conseguido una mejora de la calidad de los mensajes publicitarios dirigidos a los niños, siguiendo las recomendaciones internacionales sobre marketing de alimentos dirigida a niños por la OMS". Sin embargo, no ven que en el Código PAOS, se hable de la calidad nutricional del producto publicitado ni la frecuencia de emisión de la misma. Ni rastro de la recomendación número 1 de la OMS: "la finalidad de las políticas debe ser reducir el impacto que tiene sobre los niños la promoción de alimentos ricos en grasas saturadas, ácidos grasos de tipo trans, azúcares libres o sal".
El Plan HAVISA, se trata de una iniciativa que intenta incluir en la publicidad televisiva un mensaje saludable distinto cada mes y que incite a moverse más o a hacer una dieta variada y equilibrada. Está firmada por la AECOSAN (en su momento AESAN), la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y la Fundación Alimentum (constituida por las principales empresas del sector de la alimentación y bebidas en España y por la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas). Una estupenda iniciativa, "aunque al parecer da igual si el producto es poco saludable".
Para determinar los alimentos que pueden ser publicitados al público infantil, varios organismos han definido unos criterios nutricionales:
Food Safety, una de las primeras en regular la publicidad dirigida al público infantil. Este modelo de perfiles nutricionales inglés contempla dos criterios: Nutrientes cuyo consumo debe limitarse: energía, grasas saturadas, azúcares y sodio. Estos nutrientes van asociados a puntos que suman.Alimentos y nutrientes cuyo consumo debe ser fomentado dentro de una alimentación variada y equilibrada: frutas, fibra, proteínas.
OMS Europa, en el 2015, la OMS publicó un modelo de perfiles nutricionales para limitar la publicidad dirigida al público infantil. Según fuera el perfil del producto podría ser o no publicitado a los niños. Ha habido muchas discrepancias entre OMS Europa y la industria alimentaria, sobre todo en lo relativo a los niveles en azúcar.
EU Pledge, este compromiso se refiere a la publicidad en televisión donde al menos el 35% de la audiencia sean niños menores de 12 años. Por otro lado, se han adherido 21 empresas que representan el 80% del gasto publicitario en la UE. El número de categorías está limitado lo más posible con el fin de garantizar un tratamiento uniforme de productos similares. Esto supone utilizar valores menos estrictos para acomodar todos los tipos de productos representados en la categoría. Se definen nueve categorías:
Grupos de alimentos
En esta lista no están ni los dulces, ni el chocolate, las chuches, la miel, la mermelada, el azúcar ni tampoco los productos azucarados o las bebidas refrescantes, ¿por qué?
La OCU muestra algunos ejemplos de productos dirigidos al público infantil que no cumplen los límites recomendados por la Organización Mundial de la Salud. Si estos parámetros fueran oficiales no podrían anunciarse ni dirigirse a niños de ninguna manera:
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