De este modo, se modifica el artículo 14, de tal modo que se suprimen los límites de renta, se amplían los valores catastrales para que sean más generosos y se aumentan los porcentajes de bonificación que pasan del 37% y 57% al 90 % dependiendo del carácter de cada familia numerosa y en función del valor catastral de los inmuebles que hasta 204.000 puede llegar al 90%
La Junta de Gobierno Local ha aprobado el trámite para la modificación de la Ordenanza Fiscal 507 que regula el IBI, (Impuesto de Bienes Inmuebles) para bajar la carga fiscal y reducir los impuestos a las familias numerosas y a otras entidades sin ánimo de lucro, según ha adelantado la portavoz municipal, Andrea Ballesteros.
Por un parte, dentro de las exenciones obligatorias se incluye a los titulares de las entidades sin ánimo de lucro, al tiempo que modifican las bonificaciones obligatorias para la empresas de promoción inmobiliaria con el fin de facilitar los trámites a estas empresas con la presentación de una declaración responsable.
Además, va a haber ventajas para las familias numerosas de carácter general y especial que lo soliciten. De este modo, se modifica el artículo 14, de tal modo que se suprimen los límites de renta, se amplían los valores catastrales para que sean más generosos y se aumentan los porcentajes de bonificación que pasan del 37% y 57% al 90 % dependiendo del carácter de cada familia numerosa y en función del valor catastral de los inmuebles que hasta 204.000 puede llegar al 90%, y del 50% para los inmuebles con una valor catastral superior a los 408.000 euros.
Estas modificaciones se llevarán a la Comisión de Hacienda y posteriormente se elevarán a Pleno. Se abrirá un período de alegaciones y se espera que se apliquen en 2025.
Todavía está por ver cuántas familias se van a poder beneficiar de estas bonificaciones en el IBI y cuánto dinero dejará de ingresar el Ayuntamiento.