El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, considera que la implantación de la jornada de 35 horas semanales en la Administración de la Comunidad desde el 1 de junio de este año (salvo en el sector docente, donde se implantará con el inicio del curso 2023/2024) supone la recuperación de un derecho que tenían los empleados públicos autonómicos.
La conciliación es el derecho que tienen los trabajadores a que exista un equilibrio entre dos facetas: su labor profesional y su vida personal y familiar. Una correcta armonización de estos dos aspectos supone un factor esencial para su salud y bienestar. Aunque pueda parecer un concepto relativamente moderno, hace ya décadas que se empezó a tomar conciencia de la necesidad de alcanzar el equilibrio entre la vida laboral y el ámbito privado y familiar. Así, ya en 1981 la Organización Internacional del Trabajo, en su Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, puso sobre la mesa la necesidad de prestar una especial atención a las particularidades de estos trabajadores.
Desde entonces, la necesidad de conciliación entre el trabajo y la esfera privada ha sido planteada reiteradamente a todos los niveles –internacional, europeo, nacional y autonómico– como una condición vinculada a la nueva realidad social. De ahí que se hayan abordado importantes reformas legislativas, entre las cuales ha de considerarse un hito la promovida en 1999 a través de la Ley para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
Los empleados públicos, al igual que el resto de los trabajadores, se enfrentan al reto de lograr el ansiado equilibrio entre vida laboral y vida personal. Se trata de un desafío diario y cambiante, pues hay momentos en los que conciliar resulta más difícil, principalmente porque surgen nuevas demandas desde el punto de vista familiar, o porque hay períodos en los que se requiere un mayor esfuerzo en el trabajo.
El legislador ha sido consciente de ello, y así, la principal norma que regula el empleo público en nuestro país –el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público– reconoce expresamente el derecho de los empleados públicos a la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.