El Ayuntamiento de Burgos permite el desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos situados dentro del término municipal, así como los huertos de ocio municipales. Hasta ahora estaba práctica no estaba permitida salvo para actividades de naturaleza laboral, profesional o empresarial.
En el bando emitido por el Ayuntamiento de la ciudad señalan que se permite el desplazamiento igualmente a los huertos de los municipios adyacentes a Burgos: Alfoz de Quintanadueñas, Quintanilla de Vivar, Villayerno Morquillas, Hurones, Rubena, Orbaneja de Río Pico, Cardeñajimeno, Cardeñadijo, Saldaña de Burgos, Villariezo, Villagonzalo Pedernales, Villalbilla de Burgos, San Mamés de Burgos y Tardajos.
No obstante, indican que el requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad considerándose por tal el cuidado y alimentación de animales y el cuidado o recolección de huertos de autoconsumo, en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia.
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