TRÁFICO

La DGT establece como imprescindibles estos tres documentos en cualquier vehículo

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Foto: Protección Civil Burgos

Desde 2008 ya no es necesario portar el recibo del seguro del coche, pese a que muchos conductores aún creen que sí.

S24H
26/06/2023 - 10:12h.

La Dirección General de Tráfico ha establecido en tres el número de documentos imprescindibles que debe llevar un conductor en su vehículo. No obstante, muchos de ellos aún creen que es necesario portar el recibo del seguro del coche, pero desde 2008 ya no es así.

Esto se debe a la creación de la FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados), una base de datos en la que figura un fichero con información relativa a las cuatro primeras letras de la marca del vehículo, la matrícula, el tipo de contrato y la vigencia y finalización de la póliza, contenido que actualizan diariamente.

Está gestionada por el Consorcio de Compensación de Seguros, la entidad que se encarga de gestionar accidentes por causas meteorológicas o catástrofes naturales, y es útil para los agentes o conductores.

Por tanto, los documentos obligatorios son el permiso de conducir, el permiso de circulación del coche, en el que figuran los datos personales del propietario del vehículo, así como las características técnicas del mismo y la Inspección Técnica del Vehículo o ITV, con su correspondiente pegatina pegada en el parabrisas.

Además, la DGT recuerda que estos documentos deben llevarse en su versión original o computada, pero no compulsados. No llevar estos documentos está sancionado con 10 euros por papel que no entreguemos y 80 euros en caso de que no coincida la dirección del carnet de conducir con el DNI.

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