Una sentencia de este Tribunal, dictada el pasado mes de noviembre, y que ya es firme, anula la obligatoriedad de que las emisoras de radio de la Comunidad estén auditadas por el EGM para que puedan participar en las Campañas de Publicidad Institucional que la Junta realiza en estos medios radiofónicos.
La Administración Autonómica, basándose en el acuerdo 110/2020 aprobado en su día por el bipartito de la Junta sigue realizando campañas publicitarias radiofónicas en las que no incluye a Radio Arlanzón, incumpliendo así la sentencia que ha anulado los artículos que obligan a las emisoras de radio a estar auditadas por el EGM.
Al estar incumpliendo dicha sentencia (1309 del TSJCyL) de 26 de noviembre de 2021, los responsables de la Consejería de Presidencia, así como los secretarios generales de cada consejería que realicen campañas de publicidad institucional en las que omitan a Radio Arlanzón están incumpliendo la sentencia antes citada, por lo que esta Emisora ha remitido todos los datos a sus Asesores Jurídicos por si tales actuaciones pudieran ser constitutivas del delito de prevaricación administrativa.
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